Fomento del trabajo autónomo, la economía social e impulso del emprendimiento

Fomento del trabajo autónomo, la economía social e impulso del emprendimiento

Dos proyectos de ley para fomentar el trabajo autónomo, la economía social e impulsar el emprendimiento fueron aprobados por el Gobierno el pasado 14 de Mayo.

Se trata del proyecto de Ley por el que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y Economía Social, y del proyecto de ley de Sociedades Laborales y Participadas.

Con estas medidas, se refuerzan los mecanismos de protección de los autónomos (en especial los económicamente dependientes) y se amplían incentivos como la capitalización de la prestación por desempleo o su compatibilidad con el inicio de una actividad emprendedora. Además, se fijan nuevos incentivos para la incorporación de socios trabajadores a las cooperativas y sociedades laborales, y se amplían las posibilidades de las llamadas reservas de mercado para entidades de la economía social.

Con todo esto, el Gobierno espera que el autoempleo pueda crecer en torno a las  550.000 personas para el año 2019.

 LAS NOVEDADES

 La nueva ley introduciría novedades, entre las cuales, cabe destacar las siguientes:

 1.- Tarifa Plana para autónomos: Se fija la cuantía de la cuota por contingencias comunes en cincuenta euros exactos durante seis meses.

2.- Ayudas para nuevos emprendedores: Se extiende, con independencia de la edad del solicitante, la posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación por desempleo, y así facilitar la inversión y los gastos iniciales para iniciar una actividad emprendedora. Hasta ahora, los hombres de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 podían solicitar el 100% para el pago único de la inversión.

De este modo, y para iniciar una actividad por cuenta propia, la prestación por desempleo se podrá utilizar de tres formas:

a) Capitalizando el 100% en un único pago.

b) Capitalizando sólo una parte y utilizar el resto para el abono de cuotas a la Seguridad Social.

c) Destinando el total de la prestación al abono de las cuotas mensuales.

3.- Posibilidad de compatibilizar prestación por desempleo con alta en el régimen de autónomos. Los autónomos de cualquier edad, podrán compatibilizar durante un máximo de 270 días la prestación por desempleo con el alta en el régimen de autónomos, una posibilidad hasta ahora reservada a los menores de 30 años.

4.- Posibilidad de no capitalizar el desempleo. Si tras el alta en una actividad, dentro de los 60 meses siguientes, se produjese la baja de ésta, se podrá volver a solicitar la reanudación del desempleo. Hasta ahora, el límite era de 24 meses.

5.-Ampliación de la bonificación a los familiares autónomos. Podrán disfrutar de una bonificación de las cuotas a la Seguridad Social durante 24 meses (en lugar de 18 meses). Durante los 18 primeros meses la bonificación será del 50% y los 6 meses siguientes del 25%.

6.- Por último, creación de una bonificación de 800 euros/año.  Existirá una bonificación durante tres años (2.440 euros) para las personas que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo a cooperativas o sociedades laborales. El objetivo de esta medida es facilitar la incorporación de nuevos socios a las entidades que forman parte de la Economía Social.

Quedamos a su disposición para aclarar cualquier duda que este asunto pueda suscitar.

Patricia-Cavada-Blog
Patricia Cavada Oruña
Área Laboral

Foto: (Pixabay con licencia Creative Commons CCO Public Domain)

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